Tras dar continuidad al an�lisis de las iniciativas impulsadas por las 37 diputadas locales con ONU Mujeres en el marco de la iniciativa Spotlight para combatir la violencia feminicida y las desapariciones en el Estado de M�xico, se acord� precisar los conceptos de violencia, acoso y hostigamiento sexual en el �mbito escolar.�
Asimismo, tras acordar reunirse de nuevo el pr�ximo 13 de junio, precisaron que las personas servidoras p�blicas tendr�n la obligaci�n de reportar o denunciar cualquier presunto caso de violencia en contra de la ni�ez y la adolescencia.�
Ampliar�n definiciones�
Es as� que representantes de m�s de 13 secretar�as y dependencias estatales, equipo t�cnico de la Iniciativa Spotlight y del Grupo de Acci�n por los Derechos Humanos y Justicia Social, sobre la Ley para Prevenir Ley para Prevenir y Atender el Acoso Escolar en el Estado de M�xico, acordaron ampliar y precisar las definiciones de violencia, acoso y hostigamiento en el �mbito escolar, y de toda la comunidad educativa, adem�s de considerar la violencia que se genera en las tecnolog�as de la informaci�n, cuyo uso se ha extendido debido a la pandemia, adem�s de que se pronunciaron por evitar una sobrerregulaci�n y delimitar las sanciones administrativas de las penales.�
Respecto a la Ley de Educaci�n de la entidad, la legisladora Labastida Sotelo propuso hacer llegar las propuestas de todas las instituciones a la Comisi�n de Educaci�n, Cultura, Ciencia y Tecnolog�a para que las consideren en su proyecto de reforma integral a este ordenamiento estatal, para el que ya realizan foros de consulta.�
Acciones afirmativas�
Tambi�n se aprob� el dise�o de acciones afirmativas que visibilicen y eliminen los obst�culos que impidan la igualdad sustantiva, as� como que las instancias competentes, en caso de ni�as, ni�os y adolescentes v�ctimas del delito de feminicidio, aun en grado de tentativa, desaparici�n, o aquellos que afecten gravemente su integridad f�sica y psicol�gica ejecuten inmediatamente los mecanismos de atenci�n de denuncias y protocolos de actuaci�n se�alados por la ley, as� como de asistencia jur�dica, social, psicol�gica y para la reparaci�n del da�o, de forma particular en los casos de feminicidio de ni�as y adolescentes.�
Denunciar violencia�
En lo que se refiere a la Ley de los Derechos de Ni�as, Ni�os y Adolescentes de la entidad, se estableci� como una obligaci�n de las y los servidores p�blicos, sin importar su nivel, hacer del conocimiento o denunciar ante las instancias competentes cualquier presunto caso de violencia en contra de estos grupos poblacionales.�