Toluca
Adriana Carbajal
Los diputados del PAN propusieron reformar la Ley de Movilidad y el C�digo Administrativo del Estado de M�xico, para que en el registro p�blico se inscriban los datos de los veh�culos automotores mediante los cuales se brinda el servicio privado de transporte. Sus unidades deber�n contar con un Tarjet�n de Plena Identificaci�n para brindar mayor seguridad a los Usuarios.
En el documento se menciona que la proliferaci�n de aplicaciones tecnol�gicas de servicio de taxis ha derivado en la proliferaci�n de una gran variedad de empresas que se manejan cada vez con mayor popularidad, pues de acuerdo con un estudio de la Asociaci�n de Internet Mx en el a�o 2019, cuatro de cada 10 usuarios de internet, utilizan un transporte privado para su movilidad dentro de la cuidad, lo que significa un incremento de 5% sobre la cifra de 2018.
Replanteamiento de estrategias
Es as� que en el contexto de la digitalizaci�n de las actividades, los retos de la movilidad obligan al replanteamiento de las estrategias para establecer servicios de transporte que permita a los ciudadanos una forma segura de movilidad que se adecue a su estilo de vida y el considerar la indispensable y racional competencia de los servicios tradicionales de transporte entendido esto de manera conjunta como una forma de alcanzar un transporte sustentable para los mexiquenses.
Tan solo en el seguridad en el transporte, de acuerdo al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad P�blica, el Estado de M�xico, es una de las entidades con mayor registro de robos o asaltos en transporte p�blico.
Objetivo
Por ello la finalidad de esta reforma a la Ley de movilidad y el C�digo Administrativo es para considerar que en el registro p�blico de movilidad estatal se inscriban los datos de los veh�culos automotores mediante los cuales se brinda el servicio privado de transporte.
As� tambi�n, que la ley prevea que los servicios de transporte por medio de plataformas digitales, deban ser p�blicos y accesibles a trav�s de aplicaciones m�viles o de p�ginas de internet, mediante los cuales el usuario pueda identificar al conductor, el c�lculo de su tarifa, la velocidad, la ruta a seguir y cualquier otro aspecto que de seguridad al usuario.
Adem�s es indispensable que todos los datos de las personas f�sicas o jur�dicas colectivas, que realizan actividades como prestadoras de servicio de transporte privado de personas, incluidos los servicios de transporte electr�nicos, sean inscritos dentro del registro Estatal, y solo quien acredite su alta en el registro pueda operar y obtener del Ejecutivo del Estado emitir� un tarjet�n de identificaci�n.
Requisito para licencia
Se plantea que sea un requisito para obtener la licencia de operaci�n estatal como prestador de servicios electr�nicos, que la empresa compruebe que la informaci�n de los mecanismos de reclutamiento y protocolos de selecci�n de sus choferes son p�blicos y de f�cil� acceso para efecto de que el usuario est� mejor informado y seguro y que ante la falta de cualquier requisito considerado en la ley, se anule dicha licencia de operaci�n estatal.