La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió una recomendación al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto, por violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al acceso a la información, en agravio de una víctima que perdió la vida el pasado 8 de mayo de 2020, en el hospital General de Zona número 197, en Texcoco, Estado de México.
La queja fue presentada por un familiar de la víctima debido a la atención médica que se le estaba brindando, quien se encontraba con vida y que fue atendido de urgencia por un cuadro de apendicitis que, al complicarse, le provocó un paro respiratorio y el deterioro progresivo de su estado de salud, hasta el momento de su lamentable fallecimiento, por lo que el familiar interpuso una queja por posible negligencia.
De acuerdo con la recomendación 193/2022, la CNDH contó con elementos suficientes para determinar que siete personas servidoras públicas, quienes forman parte del equipo médico del Hospital General de Zona número 197 (HGZ-197) incurrieron en falta de diligencia y urgencia en su desempeño profesional, además de la inobservancia del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, que señala el derecho de los usuarios a obtener prestaciones de salud oportunas, de calidad, idóneas y atención profesional y éticamente responsable.
Por estos hechos, la CNDH solicitó al titular del IMSS que se proceda a la inmediata reparación integral por los daños causados, la cual deberá incluir una indemnización subsidiaria a las personas que resultan ser víctimas indirectas (la esposa de la víctima y sus descendientes directos).
De igual forma, se deberá otorgar a las víctimas la atención psicológica y tanatológica que requieran, misma que deberá brindarse por personal profesional especializado y de forma continua, gratuita, inmediata y accesible.
La CNDH pidió al IMSS colaborar en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que se presente en la Fiscalía General de la República en contra de las autoridades señaladas y quienes resulten responsables, por los hechos que constituyan delitos.
Como parte de las medidas de no repetición, el IMSS deberá implementar, en un plazo no mayor a tres meses, un curso de capacitación en materia de derechos humanos y relacionado con la debida observancia de las Normas Oficiales Mexicanas y Guías de Práctica Clínica que se han señalado para el presente caso.