Esta tarde, el Gobernador del Estado de M�xico, Alfredo Del Mazo Maza, inform� que tras el aumento de contagios y hospitalizaciones, la entidad mexiquense retroceder� la pr�xima semana a Sem�foro Naranja, por lo que aqu� te presentamos las medidas y restricciones que esto implica.
Actividades permitidas
- Las actividades determinadas como �esenciales� y �nuevas esenciales� continuar�n con las mismas medidas y restricciones.
- Las siguientes actividades podr�n operar hasta las 21:00 horas de lunes a domingo, limitando en todos los casos su aforo a un 50% de su capacidad:
–Comercios al por menor y al por mayor, tales como papeler�as, tiendas de ropa, jugueter�as, muebler�as, refaccionarias, tiendas de art�culos electr�nicos, entre otras.
-Actividades relacionadas con servicios personales como peluquer�as, tintorer�as, talleres, locales de reparaci�n de electrodom�sticos y mantenimiento en general.
–Servicios religiosos.
- Centros, plazas comerciales y tiendas departamentales, con un aforo del 50% y en su horario habitual de operaci�n.
- Locales o espacios destinados a actividades culturales, auditorios, foros, exposiciones, bibliotecas, museos, cines y teatros, con un aforo del 50% y la �ltima funci�n podr� iniciar a las 00:00 horas.
- Espacios p�blicos, parques, zool�gicos, �reas naturales, gimnasios, balnearios, albercas p�blicas, ba�os p�blicos, vapores, spas, actividades acu�ticas y campos deportivos, as� como las actividades f�sicas y recreativas al aire libre, deber�n observar un aforo m�ximo del 50%.
- Eventos deportivos en estadios con un aforo del 40%, sin venta de alcohol.
- Las unidades econ�micas que proporcionen el servicio de hospedaje deber�n limitar su aforo al 50%.
- Los restaurantes y establecimientos de venta de alimentos preparados y bebidas podr�n operar en los siguientes t�rminos:
-De lunes a domingo hasta las 00:00 horas. A partir de las 00:00 horas podr�n continuar prestando el servicio a domicilio o para llevar.
-Aforo de 50% de su capacidad en espacios abiertos y cerrados.
-Se podr� hacer uso de las zonas destinadas para el consumo de tabaco, de conformidad con las normas sanitarias aplicables en la materia.
-No se permitir� la m�sica en vivo.
- Salas de sorteos de n�meros, centros de apuestas remotas (casinos), con un aforo del 50% y hasta las 23:00 horas.
- Boliches y billares con un aforo del 40% y hasta las 22:00 horas.
- Unidades econ�micas cuya actividad sea la renta de espacios para eventos particulares, en los siguientes t�rminos:
-Aforo del 30% en interiores.
-Aforo del 50% en exteriores.
-Operaci�n hasta las 22:00 horas.
-Sin venta de bebidas alcoh�licas.
-No se permitir� la m�sica en vivo ni la instalaci�n de pistas de baile.
-Las dem�s que se establezcan en el protocolo que para tal efecto expida la autoridad sanitaria.
- Pr�cticas en talleres y laboratorios en las instituciones de educaci�n media superior y superior, p�blicas y privadas, en los t�rminos que determine la Secretar�a de Educaci�n del Estado de M�xico, con un aforo del 50%.
- En la prestaci�n de servicios varios, profesionales, cient�ficos o t�cnicos, se deber� privilegiar el trabajo a distancia, el uso de medios electr�nicos, la limitaci�n de aforo y, en su caso, los horarios escalonados.
- Las actividades gubernamentales continuar�n funcionando en t�rminos de los Acuerdos emitidos por la autoridad sanitaria y los que sobre el particular hayan expedido o expidan las dependencias e instituciones p�blicas competentes, privilegiando el trabajo a distancia, el uso de medios electr�nicos, la limitaci�n de aforo y, en su caso, los horarios escalonados. Las actividades jurisdiccionales continuar�n funcionando en t�rminos de los Acuerdos que hayan expedido o expidan para tal efecto las autoridades competentes, tomando en consideraci�n las medidas previstas.
Actividades suspendidas
- Bares, cantinas, salones de baile, discotecas y video bares, centros nocturnos, centros botaneros y cerveceros y cualquier establecimiento para venta de bebidas alcoh�licas para su consumo inmediato y/o al copeo.
- Eventos masivos de cualquier tipo (pol�ticos, religiosos, sociales, etc.), eventos o espect�culos p�blicos, verbenas, palenques, ferias, desfiles, fiestas populares.
- Cualquier otra an�loga a las anteriores que impida el cumplimiento de las medidas preventivas y de seguridad o que promueva la aglomeraci�n de personas en un mismo lugar.
Transporte p�blico
Por su parte, los usuarios del transporte p�blico as� como sus operadores deber�n seguir las siguientes medidas sanitarias:
- Sanitizaci�n, sana distancia y cubrebocas obligatorio, as� como procurar la ventilaci�n natural de las unidades durante los trayectos.
- Las unidades de transporte p�blico masivo operar�n a un 50% de su capacidad.
- Las unidades de transporte p�blico de mediana capacidad operar�n a un 50% de su capacidad.
- Los taxis s�lo podr�n transportar hasta 3 pasajeros.