El pasado 30 de diciembre, el Gobierno del Estado de M�xico public� en el peri�dico oficial Gaceta de Gobierno las especificaciones para el pago de tenencia del a�o 2022, en las mismas se detalla el programa de subsidio al 100 por ciento como una medida de apoyo ante los efectos socioecon�micos relacionados con la situaci�n sanitaria relativa a la pandemia de COVID-19.
Subsidio
La Gaceta se�ala que se otorga el subsidio del 100 por ciento sobre el pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Veh�culos del Ejercicio Fiscal 2022, a los siguientes contribuyentes: personas f�sicas residentes en el Estado de M�xico, que sean propietarias de veh�culos automotores inscritos en el Registro Estatal de Veh�culos, cuyo valor total no exceda de 400 mil pesos, as� como de motocicletas cuyo valor total no exceda de 115 mil pesos.
El subsidio aplica para aquellos contribuyentes que est�n al corriente en sus pagos y obligaciones fiscales e impuestos del ejercicio fiscal en curso. Si se cumplen estos requisitos los contribuyentes podr�n acceder al subsidio y �nicamente tendr�n que cubrir el costo del refrendo de placas.
�C�mo hacer el pago?
Los contribuyentes deber�n ingresar al sitio de Pago de Tenencia y Derechos de Control Vehicular del Estado de M�xico: https://tenencia.edomex.gob.mx/TenenciaIndividual/tenencia/A06E1A88B8A6ED4B#/ ; introducir las placas del autom�vil; el sistema informar� el monto a pagar; el contribuyente elegir� si quiere pago en l�nea o presencial; en caso de elegir presencial, deber� descargar e imprimir el formato de pago; guarda el comprobante de pago; una vez transcurridas 72 horas desde el pago, descargar el certificado de pago en la secci�n ‘consulta de pagos’.
�Qui�nes no pueden acceder al subsidio?
En la Gaceta de Gobierno se especifica que no se podr� acceder al subsidio cuando el pago de derechos por servicios de control vehicular, se realice con posterioridad a la conclusi�n de la vigencia del acuerdo o cuando, trat�ndose de veh�culos, motocicletas, motonetas, trimotos y cuadrimotos nuevos o usados, adquiridos mediante importaci�n definitiva, se realice el pago de dichos derechos, despu�s del t�rmino de 15 d�as trat�ndose de veh�culos y 3 d�as para motocicletas, motonetas, trimotos y cuadrimotos, respectivamente.
Asimismo, cuando exista alguna irregularidad o falsedad en los datos y/o documentaci�n proporcionados; cuando el solicitante no re�na alguno de los requisitos establecidos, o cuando los veh�culos porten placas de circulaci�n de otra entidad federativa.
Tambi�n cuando las personas f�sicas o jur�dicas colectivas propietarias de veh�culos de servicio particular con placas de circulaci�n expedidas en el Ejercicio Fiscal 2016 y anteriores no hayan cumplido con la obligaci�n de realizar la renovaci�n de placas.
No podr�n acceder al subsidio los contribuyentes que tengan adeudos por concepto del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Veh�culos vigente en la entidad y de derechos de control vehicular de los Ejercicios Fiscales 2020 y anteriores.
Fecha limite
El acuerdo del subsidio entr� en vigor el 1 de enero de 2022 y estar� vigente hasta el 31 de marzo de 2022.
Karina Villanueva