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Home Entorno

Hasta 14 años de prisión por violencia en internet

by admin
14 agosto, 2019
in Entorno
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Hasta 14 años de prisión por violencia en internet
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Será sancionado quien obtenga material erótico y lo exhiba sin consentimiento de la víctima a través de cualquier tecnología de la información.

Adriana Carbajal

Los legisladores mexiquenses aprobaron en comisiones, la propuesta de la diputada de Morena Karina Labastida, a fin de tipificar la violencia ejercida a través de las tecnologías de la información, para lo cual modificaron el Código Penal mexiquense, a fin de que a quien cometa este delito, se le impondrán penas de uno a 14 años, además de multas de 200 a mil Unidades de Medida de Actualización.

Es así que en comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y la de Procuración y Administración de Justicia, se avaló dicha iniciativa, misma que fue presentada desde noviembre del año pasado.

Se indica que a quien, con la anuencia del sujeto pasivo, haya obtenido imágenes, audios, textos, grabaciones de voz o contenidos audiovisuales de naturaleza erótico, sexual o pornográfico; y las revele, publique, difunda o exhiba sin consentimiento de la víctima, a través de cualquier tecnología de la información y la comunicación, se le impondrá de uno a cinco años de prisión y multa de 200 a 500 unidades de medida y actualización.

También el documento señala que las penas y sanciones referidas en el párrafo anterior, se aumentarán hasta una mitad cuando el sujeto activo sea o haya sido la o el cónyuge, concubina o concubinario o haya tenido alguna relación sentimental, afectiva, de confianza, laboral o análoga con la víctima, o haya cometido la conducta con fines lucrativos o haciendo uso de su calidad de servidor público y cuando sin el consentimiento expreso de las personas involucradas, por cualquier medio obtenga grabaciones, fotografías, filmaciones o capte la imagen o audio con contenido erótico, sexual, de actos íntimos, interpersonales, efectuados en lugar privado, y las publique, difunda, exhiba o propague sin el consentimiento de las personas involucradas.

De igual forma, se indica que este delito se perseguirá por querella de la parte de la ofendida.

Coaccion y hostigamiento

Sostiene que a quien coaccione, hostigue o exija a otra persona, la elaboración o remisión de imágenes o grabaciones de voz o contenidos audiovisuales de naturaleza erótico, sexual o pornográfico bajo la amenaza de revelar, publicar, difundir o exhibir sin su consentimiento el material de la misma naturaleza que previamente la víctima le haya compartido directamente o que haya obtenido por cualquier otro medio, se le impondrá de tres a siete años de prisión y multa de doscientas a cuatrocientas unidades de medida y actualización.

En tanto que las penas a que se refieren los dos artículos anteriores, se aumentarán hasta el doble, cuando el delito se cometa en contra de una persona menor de 18 años o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo, aun y cuando mediare su consentimiento.

Avance legislativo

En la comisión, el presidente de la Junta de Coordinación Política Maurilio Hernández, dijo que aunque no sea suficiente, se trata de dar los primeros a pasos, “todas las leyes son perfectibles y estaremos abiertos a tener que revisar de manera permanente”.

Lorena Marín, legisladora del PRI indicó que esta conducta ya se sanciona en los estados de Puebla, Oaxaca, Chiapas y Zacatecas, en tanto que en Baja California e Hidalgo se analiza el tema.

Foto oaxaca.me

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Comments 1

  1. Ludi says:
    1 año ago

    Si ay una s páginas falsas de facebook subiendo imágenes de personas dañando a su persona mostrando y revelando intimidades de las personas también es un delito

    Responder

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