El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Naci�n (SCJN) determin� por unanimidad de votos invalidar la totalidad el decreto de reformas de octubre de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusi�n, en materia de derecho de las audiencias, que establec�a principalmente un sistema de autorregulaci�n para que el nombramiento del defensor de las audiencias y los c�digos de �tica para radio y televisi�n fueran nombrados por ellos.La propuesta del Ministro Alberto P�rez Day�n invalid� esta reforma, que a su vez hab�a eliminado la obligaci�n de que comunicadores distingan entre opini�n e informaci�n al presentar una noticia, por vicios en el proceso legislativo.
La Ministra Yasm�n Esquivel Mossa se�al� que, cuando la Segunda Sala de la SCJN, de la que ella es Presidenta, analiz� algunas de las normas reclamadas, discrep� de otorgar el amparo, porque consider� que el sistema de autorregulaci�n de los concesionarios de radio y televisi�n s� favorece la libertad de expresi�n de las y los comunicadores, y al mismo tiempo, protege el derecho de las audiencias a elegir los contenidos audiovisuales con total libertad de criterio.
Sin embargo, como en el caso el proyecto demostraba que en el proceso de creaci�n de las normas reclamadas hubo diversas omisiones al reglamento de Senado, ello le obligaba a votar por su invalidez, para que el Congreso de la Uni�n, en uso de sus competencias constitucionales, legisle de nueva cuenta sobre los derechos de las audiencias con pleno respeto del ejercicio de la libertad de expresi�n de quienes comunican sus ideas en las radiodifusoras y televisoras del pa�s, tomando en cuenta que este Tribunal Pleno no le impone al Poder Legislativo Federal directriz, ni lineamiento alguno, porque esta decisi�n no examina el fondo del asunto.