Toluca�
Extiende suspensi�n de registro presencial de supervivencia hasta el 31 de julio del 2020.�
Durante esta contingencia por COVID-19, el Instituto de Seguridad Social del Estado de M�xico y Municipios (ISSEMyM) ha llevado a cabo diversas acciones para salvaguardar las prestaciones de seguridad social y de salud de los derechohabientes.�
Entre �stas destaca la suspensi�n del tr�mite de registro de supervivencia presencial, desde el 18 de marzo y hasta el 31 de julio de 2020, con el prop�sito de que 69 mil pensionados y pensionistas no tengan que desplazarse a las oficinas o unidades de atenci�n al derechohabiente y evitar as� salidas y concentraciones de gente.�
Adicionalmente, el�ISSEMyM�garantiza el acceso puntual e �ntegro a sus pensiones durante la contingencia gracias a que todos los pensionados y pensionistas cobran esta prestaci�n a trav�s de tarjeta bancaria y pueden revisar sus ingresos a distancia mediante la descarga de su comprobante de pago quincenal en la plataforma habilitada para este fin en el portal www.issemym.gob.mx/comprobantes_de_pago.�
Receta�resurtible�
Asimismo, en materia de salud, la Instituci�n instaur� la pol�tica de receta�resurtible�para adultos mayores con enfermedades cr�nicas a fin de que, con la misma receta, puedan acceder a sus medicamentos habituales.�
De esta forma, para disminuir el riesgo contagios, los adultos mayores no tienen que acudir a las unidades m�dicas y una persona de su confianza puede apoyarlos a hacer el canje de los medicamentos en las farmacias de cl�nicas y hospitales.�
Servicios m�dicos�
Respecto a los servicios m�dicos, el�ISSEMyM�aclara que sus unidades de salud contin�an brindando atenci�n prioritaria para pacientes no respiratorios de todas las edades y mantiene el �nfasis en caso de urgencias respiratorias como el COVID-19.�
Sin embargo, recomienda que, para reducir los contagios de SARS-CoV-2, los adultos mayores procuren quedarse en casa y solamente acudan en casos muy necesarios a sus cl�nicas de primer nivel o a las salas de urgencia.�
Pago de pensiones�
El�ISSEMyM�informa que una vez que se cumpla lo dispuesto en el art�culo 70 de la Ley de Seguridad Social del Estado de M�xico y Municipios vigente se llevar� a cabo lo necesario para el incremento al pago de las pensiones con el retroactivo correspondiente, por lo que los pensionados pueden estar tranquilos de que su derecho ser� observado por el Instituto.�