Tras la discusi�n de las reformas al C�digo Civil en la Ciudad de M�xico que permitir�an el reconocimiento del cambio de identidad de g�nero de las infancias en sus actas de nacimiento como un tr�mite administrativo, el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminaci�n (COPRED) local, hizo un llamado a los diputados del Congreso capitalino a legislar para darles a las personas menores de edad esta posibilidad, tal como lo pueden hacer las personas trans mayores de 18 a�os.
“Este reconocimiento est� pendiente desde octubre de 2019, por lo que este Consejo recuerda hoy que cuando se habla del cambio de actas de nacimiento de ni�os, ni�as y adolescentes trans para adecuarlas a la percepci�n de su identidad de g�nero, se habla del ejercicio de derechos y de la garant�a de una vida libre de violencias y discriminaci�n; derechos tan elementales como ser nombrados con los nombres y pronombres con los que se identifican, viajar, ir a la escuela, acudir al m�dico o tomar una clase deportiva”, indic� Copred.
Expuso que si bien en la Ciudad de M�xico se han realizado m�s de mil 500 tr�mites de cambio de identidad de g�nero en personas mayores de 18 a�os, el ejercicio de este derecho es obstaculizado para las menores de edad, pese a que la Ley de los Derechos de Ni�as, Ni�os y Adolescentes de la capital, en su art�culo 18 Del derecho a la identidad, establece que las autoridades y �rganos pol�tico administrativos deben hacer todo lo posible para la obtenci�n de informaci�n necesaria para acreditar o restablecer la identidad de ni�as, ni�os y adolescentes.
“Es decir, para rectificar sus actas de nacimiento, hoy las personas menores de 18 a�os deben pasar por un juicio que resulta estigmatizante y patologizante, en el cual es necesario presentar pruebas de la identidad propia, quiz� sin lograr convencer a la persona juzgadora sobre la identidad con la que se identifican las personas menores. El Estado no debe asignarle una identidad a cada persona, sino reconocer aquella con la que cada quien se identifica”, expone el organismo.
Asimismo, refiere que la Constituci�n de la Ciudad obliga a todas las autoridades a garantizar a las personas trans una vida libre de violencia y discriminaci�n. De igual forma, las obliga a garantizar los derechos, y en general una vida libre de violencia y discriminaci�n, a los ni�os, ni�as y adolescentes, reconocidos como grupo de atenci�n prioritaria en el inciso D del art�culo 11�.
“Los ni�os, ni�as y adolescentes son titulares absolutos de derechos. Una mirada adultocentrista es aquella que busca impedirles su desarrollo a partir de la creencia de que las personas mayores de 18 a�os sabemos mejor que ellos c�mo ejercer sus derechos. El derecho a la identidad es personal�simo, y su ejercicio no puede depender de la mayor�a de edad”, indic�.
Destac� que cuando se habla de menores de edad, debe recordarse que existen principios como el inter�s superior y el principio de autonom�a progresiva, as� como el de ser escuchado y tomado en cuenta en asuntos que tienen que ver con su estado jur�dico. Y permitir que cambien su acta por v�a administrativa contribuir�a a la formaci�n de infancias sanas y felices.
Emmanuel Hern�ndez