Como parte del análisis de la iniciativa de la diputada morenista, Edith Marisol Mercado Torres, para considerar como áreas no urbanizables a los terrenos forestales y preferentemente forestales, el legislador tricolor, David Parra Sánchez, propuso añadir penas para quien ensucie los cuerpos de agua de la entidad.
En reunión de la Comisión de Desarrollo Urbano, el legislador Francisco Brian Rojas Cano del PAN exhortó a los integrantes del órgano legislativo a enviar comentarios sobre la iniciativa esta semana, en tanto que el diputado David Parra aprovechó para lamentar la escasez de agua en la entidad, pues compartió que las presas están por debajo del 45% de su capacidad.
Ante esta situación, solicitó que las sanciones por su mal uso no solo se queden en multas, asà como que se incentive el uso de plantas tratadoras de agua en los fraccionamientos.
La iniciativa de la diputada Edith Mercado para reformar el Código Administrativo del Estado de México busca reducir la destrucción y fragmentación de ecosistemas, fortalecer la protección de la flora y la fauna, y evitar el crecimiento urbano y habitacional hacia zonas forestales.
Además, plantea incorporar el concepto de terreno forestal, definido como el que se encuentra cubierto por bosques, selvas o vegetación forestal de zonas áridas, o bien aquel que produce bienes y servicios forestales, y como terreno preferentemente forestal, al que, habiendo sido un terreno forestal, en la actualidad no cumple las caracterÃsticas, pero sus condiciones de clima, suelo y topografÃa resultan más apto para el uso forestal que para otros usos alternativos.
Reformas mexiquenses
 El año pasado, el Congreso del Estado de México aprobó reformas al Código Penal de la entidad para tipificar como delito el robo del agua y castigarlo hasta con ocho años de prisión.
Las modificaciones al Código Penal mexiquense que se aprobaron refieren que quien distribuya o suministre agua potable a través de pipas u otro medio de almacenamiento sin contar con permiso de distribución o la evaluación correspondiente expedidos por la autoridad, con la finalidad de obtener un beneficio económico, recibirá sentencia de dos a seis años de prisión, asà como una multa de 50 a 200 unidades de medida y actualización (UMA).
 Legislación federal
El artÃculo 416 del Código Penal Federal precisa que cuando se trata de una descarga ilÃcita de aguas residuales en un cuerpo de agua de competencia federal, constituye un delito contra el medio ambiente, que es sancionado con una pena de uno a nueve años de prisión y de 300 a 3 mil dÃas de multa.
Adriana CarbajalÂ