Los legisladores mexiquenses de Morena propusieron la creaci�n del Fondo Estatal Auxiliar para la Prevenci�n y Atenci�n de Epidemias y Pandemias (FEPAEP). Los recursos, deber�n ser utilizados para adquirir instrumentos, medicamentos e insumos m�dicos y sanitarios; al igual que para contratar personal que permitan la prevenci�n y atenci�n oportuna de una epidemia de car�cter grave, peligro de invasi�n de enfermedades transmisibles.�
El responsable ser� el titular de la Secretar�a de Salud, quien se considera necesario, deber� rendir ante la Legislatura del Estado un informe anual sobre el monto, uso y destino de los recursos del fondo.�
Asimismo, la informaci�n ser� p�blica de oficio, en los t�rminos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informaci�n P�blica del Estado de M�xico Art�culo 2.48 quaterdecies y del total de los recursos que conformen el Fondo podr�n de utilizarse para adquirir instrumentos, treinta por ciento.�
Obtenci�n de medicamentos�
Asimismo, para la obtenci�n de medicamentos, 25% para adquirir insumos m�dicos y sanitarios, 25%por ciento; y para contratar personal 29%�
En el documento se refiere que estos porcentajes podr�n ser modificados en casos justificados, previo acuerdo que realice la Secretar�a de Salud, el cual deber� ser Publicado en el Peri�dico Oficial �Gaceta de Gobierno� del Estado de M�xico.�
El Ejecutivo del Estado de M�xico deber� asignar los recursos presupuestales necesarios para la constituci�n del Fondo Estatal Auxiliar para la Prevenci�n y Atenci�n de Epidemias y Pandemias (FEPAEP) a trav�s de las Secretar�as de Salud, Contralor�a y de Finanzas quienes llevar�n a cabo todos los actos necesarios de conformidad con las disposiciones jur�dicas aplicables para constituir dicho Fondo, en un plazo de 180 d�as contados a partir de la asignaci�n presupuestal correspondiente.�
Plazo improrrogable�
La Secretar�a de Salud tendr� un plazo improrrogable de 60 d�as h�biles posteriores a la constituci�n del Fondo Estatal Auxiliar para la Prevenci�n y Atenci�n de Epidemias y Pandemias (FEPAEP) para emitir las Reglas de Operaci�n correspondientes para su correcto funcionamiento.�