El pasado 20 de julio de 2021, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprob� un acuerdo que establece los criterios m�nimos para garantizar el cumplimiento del principio constitucional de paridad sustantiva, por cuanto hace a las postulaciones de candidaturas a las gubernaturas de los estados, a partir de los procesos electorales locales de 2023.��
El acuerdo emitido da cumplimiento a un par de sentencias dictadas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci�n (SUP-JDC-91/2022 y SUP-JDC-434/2022) en las cuales se orden� a los partidos pol�ticos nacionales y al propio INE (en el �mbito de sus facultades y competencias) definir reglas claras sobre c�mo aplicar�an criterios de competitividad en la postulaci�n de mujeres a las candidaturas a gubernaturas.���
�Qu� determin� el acuerdo?�
- Que todos los partidos pol�ticos nacionales deber�n adecuar sus documentos b�sicos (normas internas) para incluir criterios m�nimos que garanticen la paridad sustantiva a partir del pr�ximo proceso electoral para gubernaturas en que participen, ya sea individual, en coalici�n o candidatura com�n.��
- Que dicha adecuaci�n deber� ser hecha a m�s tardar el 31 de octubre de 2022, por los �rganos competentes de cada partido pol�tico nacional y ser� remitida al INE para su revisi�n y aprobaci�n.�
�Qu� se estableci� respecto del proceso electoral 2023 en el Estado de M�xico y Coahuila?�
- Se requiri� a todos los partidos pol�ticos nacionales para que informen al INE, a m�s tardar 30 d�as antes del inicio del proceso de selecci�n de estas dos candidaturas, la entidad donde postular�n a una mujer como candidata o, en su caso, si en ambas entidades postular�n a mujeres.���
- En caso de que a�n no se aprueben las modificaciones a su normatividad interna (enunciadas arriba), informen a m�s tardar 30 d�as antes del inicio del proceso de selecci�n de estas dos candidaturas respecto de los m�todos de selecci�n de candidaturas aprobados por sus �rganos competentes para garantizar la paridad sustantiva mediante el criterio de competitividad.��
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Con la emisi�n de este acuerdo, los partidos pol�ticos nacionales tienen la oportunidad de demostrar su compromiso con la paridad sustantiva; ser�n sus �rganos de direcci�n quienes, en primera instancia, dise�en los mecanismos que permitan a las mujeres una participaci�n pol�tica efectiva; ocupar espacios como candidatas y hacerlo en candidaturas con posibilidades reales de triunfo. El INE ser� el encargado de revisar que las decisiones de los partidos pol�ticos se apeguen a esa m�xima y de evitar simulaciones en perjuicio de ellas.���
Con claridad: el principio de paridad sustantiva se construye en beneficio de las mujeres y protege la posibilidad de que ellas participen en los procesos electivos. Para 2023, al menos una de las candidaturas deber� ser encabezada por una mujer, siendo imposible que ambas sean para candidatos hombres.� El escenario de que ambas candidaturas sean otorgadas a mujeres es posible y deseable, en beneficio de la paridad pol�tica en M�xico.��
��Est�n preparados los partidos pol�ticos para que las mujeres tomen decisiones en todos sus niveles de organizaci�n?, �estamos listos para ver en acci�n el liderazgo pol�tico de las mujeres? Ojal� podamos ser ejemplo y referencia, M�xico est� preparado para que las mujeres ejerzan plenamente sus derechos pol�ticos y para ser gobernado por ellas.��
Por: Fernando Roberto Z��iga Tapia�
Twitter: @ZuFerTapia�
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