SELECCI�N Y FORMACI�N DE JUECES
Ricardo Alfredo Sodi Cuellar
Existen dos modalidades para la formaci�n de cuadros profesionales en la judicatura: interna y externa. La primera se sustenta en la carrera judicial, que inicia con la incorporaci�n de personal en las categor�as b�sicas de la estructura del Poder Judicial y mediante ex�menes de oposici�n y concursos, se obtienen los ascensos. La segunda posibilidad, permite reclutar profesionales del derecho formados en la academia o en el ejercicio profesional. Ambas tienen ventajas y desventajas, por lo que su combinaci�n permite fortalecer el perfil laboral de los integrantes de los tribunales de justicia.
Pero m�s all� de cu�l sea el origen de los aspirantes a jueces o magistrados, la pregunta central debe referirse a c�mo seleccionarlos. En principio debe descartarse todo favoritismo o amiguismo que distorsiona el proceso y lo enturbia. El procedimiento deber� sustentarse en la objetividad, los m�ritos y la suficiencia de conocimientos para desempe�ar la funci�n.� Los Consejos de la Judicatura deben elaborar un perfil adecuado de las habilidades y competencias que debe reunir un juzgador. A partir de �ste, se deber� construir una r�brica para evaluar a quienes aspiren a estos puestos. Los concursos de oposici�n deben ser an�nimos y brindar igualdad de oportunidades a los participantes. La legitimidad del proceso debe ser evidenciada con transparencia.
Suena f�cil, pero la experiencia ense�a que se enfrentan m�ltiples obst�culos. Solamente considerar �qui�n debe fijar las condiciones de ingreso y permanencia de los juzgadores? Como alternativas de respuesta encontramos: los consejos de la judicaturas de los poderes judiciales locales y de la federaci�n mediante acuerdos internos; o bien los legisladores mediante la expedici�n de leyes org�nicas. El dilema confronta a dos poderes y politiza innecesariamente la cuesti�n.
Otras preguntas para salpimentar el debate: �deber�an intervenir las universidades p�blicas o privadas; o las barras y colegios de abogados? Actualmente tenemos m�s preguntas que respuestas.
Por ello invito a una reflexi�n colectiva, de altura y bien informada respecto a las experiencias que favorezcan mejor al fortalecimiento de un modelo de administraci�n de justicia profesional, respetable y respetado por la sociedad.� La legitimidad de jueces y magistrados, incide en su imparcialidad e independencia de criterio. Ello fortalece al estado de derecho y a sus instituciones, construyendo una mejor y m�s justa sociedad.
Magistrado del Tribunal Superior de Justicia
Del Estado de M�xico