Adriana Carbajal
Este a�o se llevar� a cabo el proceso electoral para renovar las 45 diputaciones locales y los 125 ayuntamientos, el cual por primera vez en la historia, se realizar� con base en reformas para asegurar la paridad de g�nero horizontal y vertical, pero tambi�n sancionar� con mayor rigor la violencia pol�tica de g�nero contra las mujeres e incluso contempla un 3 de 3 para que no puedan ser candidatos los deudores alimentarios, quienes hayan cometido actos de violencia pol�tica contra las mujeres o delitos de violencia sexual.
A unos d�as de que inicie la elecci�n para renovar las 125 presidencias municipales y 75 diputaciones, el Instituto Electoral mexiquense (IEEM) reporta 22 denuncias en materia de violencia pol�tica contra las mujeres en raz�n de g�nero.
Donde 13 han sido presentadas por integrantes de ayuntamientos, cinco por vocales, dos por precandidatas, una por una servidora p�blica y una m�s por una ciudadana que present� un Escrito de Manifestaci�n de Intenci�n.
Sobre a quienes denunciaron; cuatro al Consejo General; 10 a Integrantes de ayuntamientos; dos a periodistas; dos a Vocales y cuatro a otros, mientras que a nivel nacional el Instituto Nacional Electoral (INE) reporta 25 personas sancionadas.
As� lo dio a conocer la consejera del �rgano electoral local Karina Vaquera Montoya, presidenta de la Comisi�n de Igualdad de G�nero y No Discriminaci�n, quien tambi�n destac� la creaci�n de la Red Nacional de Candidatas que brinda acompa�amiento a todas las mujeres que participaran en el proceso electoral en busca de un cargo de elecci�n popular, ante la posibilidad de ser v�ctimas de violencia pol�tica en raz�n de g�nero.
Lo novedoso
La pr�xima elecci�n del 6 de junio, de la que est�n por iniciar las campa�as oficiales, se caracteriza no solo por atravesar por una pandemia que obliga a la celebraci�n de campa�as distintas, sino tambi�n por el crecimiento del padr�n electoral, lo mismo que por nuevas reformas en materia de equidad y violencia pol�tica de g�nero.
La �ltima reforma, sobre este tema, fue la aprobada por el Congreso del Estado de M�xico, que incluy� en paquete seis reformas contra la violencia pol�tica hacia las mujeres, para garantizar la paridad de g�nero y para fortalecer la defensa de sus derechos pol�tico-electorales.
A partir de esta elecci�n, no pueden ocupar cargos p�blicos personas que tengan antecedentes de sentencia ejecutoria por violencia pol�tica contra las mujeres en raz�n de g�nero, por ser deudores alimentarios, por violencia familiar o de g�nero o delitos contra la libertad sexual, mejor conocido como el 3 de 3 contra la violencia de g�nero.
Tras estas modificaciones, la Fiscal�a General de Justicia mexiquense debi� crear un padr�n de personas condenadas por estos delitos, a fin de que el organismo electoral nacional, pueda solicitar informaci�n sobre si quienes aspiran a cargos p�blicos tienen alguno de estos antecedentes.
Es as� que cualquier persona con antecedentes de violencia pol�tica no pudieron contender en esta elecci�n.
A la integraci�n de las listas de representaci�n proporcional a trav�s de f�rmulas compuestas por una persona propietaria y una suplente del mismo g�nero, los partidos pol�ticos tambi�n est�n obligados a asignar recursos para la creaci�n, fortalecimiento y difusi�n de mecanismos para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia pol�tica contra las mujeres en raz�n de g�nero.
Con dichas reformas, se extiende el tema de paridad al Consejo General del Instituto Electoral del Edomex, as� como al Tribunal Electoral local, adem�s de que se considera el principio de paridad de g�nero y el lenguaje incluyente, puntualiza el comunicado.
Dichas modificaciones incluyeron la Constituci�n Pol�tica, la Ley de Acceso a una Vida Libre de Violencia, la Ley de la Fiscal�a General de Justicia, la Ley de Responsabilidades Administrativas y al C�digo Electoral, todas del Estado de M�xico.
�Violencia pol�tica?
La violencia pol�tica consiste en cualquier acci�n, conducta u omisi�n, sea directa o a trav�s de terceros y que, basada en su g�nero, cause da�o o sufrimiento a una o varias mujeres con la principal intenci�n de anular el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos pol�ticos.
La violencia pol�tica, incluye al mismo tiempo violencia f�sica, sexual, psicol�gica, moral, econ�mica o simb�lica, es as� que para garantizar el libre ejercicio de los derechos pol�tico-electorales se busca erradicar cualquier forma de violencia y discriminaci�n contra las mujeres y denunciarlos ante las instancias competentes como el Instituto Electoral del Estado de M�xico (IEEM) y la Fiscal�a Especializada para la Atenci�n de Delitos Electorales (FEPADE).
Quejas ante el IEEM
En el caso espec�fico de quejas ante el IEEM, se presentan por medio del Procedimiento Especial Sancionador o bien, del Procedimiento Ordinario Sancionador, para que a trav�s de su �rea Contenciosa determine si los hechos denunciados son de su competencia o de otra autoridad.
Posteriormente, las conductas que son investigadas v�a Procedimiento Especial Sancionador son: compra o adquisici�n de tiempos en radio y/o televisi�n; promoci�n personalizada de servidores p�blicos en radio y/o televisi�n; violaci�n a las normas en materia de propaganda pol�tico-electoral y actos anticipados de precampa�a y campa�a.
Las conductas que son investigadas v�a Procedimiento Ordinario Sancionador son el resto de las violaciones se�aladas en el C�digo Electoral del Estado de M�xico.
Sanciones y denuncias
Las sanciones que aplique el Consejo General incluyen amonestaci�n p�blica, multa, reducci�n del financiamiento p�blico, interrupci�n de la transmisi�n de la propaganda pol�tica o electoral, cancelaci�n del registro como partido pol�tico, suspensi�n o cancelaci�n del registro como agrupaci�n pol�tica, p�rdida de derecho al registro o cancelaci�n del registro de la candidatura y cancelaci�n de la acreditaci�n como observadores u observadoras electorales.
Las sanciones pueden ser objeto de inconformidad por las partes involucradas y recurrirse ante el Instituto Nacional Electoral, el Tribunal Electoral del Estado de M�xico, ante la Sala Regional Toluca o ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci�n.
Asimismo, la violencia pol�tica de g�nero contra las mujeres tambi�n puede denunciarse ante la Fiscal�a Especializada para la atenci�n de Delitos Electorales del Estado de M�xico (FEME) y el tr�mite puede realizarse las 24 horas de los 365 d�as del a�o.
En el caso del �rgano electoral, deber� monitorear las precampa�as y campa�as con perspectiva de g�nero, adem�s de tener una base de datos y la Fiscal�a General de Justicia tener un registro de agresores.
Violencia de anta�o
En el caso de la entidad mexiquense han sido muchos los casos sobre violencia pol�tica, pero uno de los m�s sonados, fue hacia la ex candidata a gobernadora por Morena, Delfina G�mez, pues a decir de la ahora diputada con licencia Azucena Cisneros, el 17 de abril del 2017, pri�stas encabezadas por Claudia Ruiz Massieu, incluida la ahora candidata por la diputaci�n federal de Metepec Ana Lilia Herrera y Alejandra del Moral, dirigente del tricolor mexiquense, dieron conferencia de prensa donde llamaron a la maestra Delfina G�mez �lvarez incapaz manipulada y mentirosa, adem�s de que la retaron a demostrar su capacidad y autonom�a.
La diputada revel� que en la pasada elecci�n m�s del 60% de las mujeres sufrieron violencia pol�tica y m�s del 80% fue testigo de abusos, incluso en sus partidos.
Las Leyes
La Ley de Acceso del Estado de M�xico, refiere por lo menos 20 supuestos espec�ficos de acciones que constituyen formas de violencia pol�tica, entre los que se encuentran, registrar a mujeres mayoritariamente en distritos electorales o municipios donde los partidos pol�ticos que las postulen registren baja votaci�n, as� como en la distribuci�n de los recursos para las campa�as, adem�s de verbales basadas en estereotipos y visiones discriminatorias sobre las mujeres
Tambi�n acoso, ataques f�sicos, violencia sexual en el �mbito del ejercicio pol�tico y ocultar informaci�n o bien, proporcionar a las candidatas, funcionarias o autoridades informaci�n falsa que induzca al inadecuado ejercicio de sus funciones p�blicas, s�lo por mencionar algunas.
Casos y quejas
Hace varios meses la hoy diputada con licencia, Beatriz Garc�a Villegas de Morena formaliz� su denuncia de violencia pol�tica en raz�n de g�nero contra su compa�ero legislador tambi�n morenista, Faustino de la Cruz, ante la Contralor�a del poder Legislativo al considerar que no decid�a por s� sola.
La �ltima, de hace no m�s de una semana, tuvo que ver con amonestar p�blicamente al presidente municipal de Xonacatl�n, Seraf�n Guti�rrez Morales por la comisi�n de violencia pol�tica de g�nero, adem�s de establecer distintas medidas de reparaci�n y no repetici�n.
El expediente en cuesti�n, fue iniciado con motivo de la queja presentada por Simei Jared Rinc�n Bartolo, cuarta regidora del Ayuntamiento de Xonacatl�n, en contra de Seraf�n Guti�rrez Morales, Presidente del citado Ayuntamiento, por la comisi�n de violencia pol�tica de g�nero.
Al respecto, el Pleno consider� existente la violaci�n objeto de la denuncia, atribuida al alcalde por las conductas constitutivas de violencia pol�tica por raz�n de g�nero, es por ello que se dio vista a la Secretar�a de la Mujer del Estado de M�xico, para los efectos precisados, as� como al secretario ejecutivo del Instituto Electoral del Estado de M�xico.
Aunado a ello, la sentencia establece dar vista al Instituto Nacional Electoral para que, a trav�s de la Comisi�n Permanente de Igualdad de G�nero y No Discriminaci�n, incluya a Seraf�n Guti�rrez Morales, en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en materia de violencia pol�tica contra las mujeres en raz�n de g�nero.
Multas a partidos
Conforme a los diputados mexiquenses, si un partido pol�tico incurre en esa conducta podr� ser multado, seg�n la gravedad de la falta, con la reducci�n de hasta el 50% del financiamiento p�blico que les corresponda, e incluso con la p�rdida del registro y la suspensi�n del cargo de la o el responsable de cometer ese tipo de violencia.
Gu�a de atenci�n
Tanto el IEEM y el TEEM habilitaron una Gu�a de atenci�n en casos de violencia pol�tica contra las mujeres por raz�n de g�nero en el Estado de M�xico, atribuciones y procedimientos.
A ello se suma la nueva edici�n del Protocolo para la Atenci�n de la Violencia Pol�tica contra las Mujeres en Raz�n de G�nero 2017.
Buen�simo el post. Saludos.