Con la aprobaci�n de la Ley Para la Protecci�n Integral de Periodistas y Defensores de Derechos Humanos del Estado de M�xico, se atiende una de las demandas que con mayor reclamo se plantearon a esta 60 Legislatura Local desde que inici� sus trabajos en septiembre del 2018.
El proyecto surgi� a partir de propuestas para contar con un piso m�nimo que reconociera la labor de las y los periodistas como una actividad de �inter�s p�blico�, debido a su impacto en la vida y el desarrollo democr�tico de la entidad.
Se trata de una ley que se construy� a partir de dos a�os de intenso trabajo, con propuestas, intercambios, discusi�n, di�logo e incluso disensos con periodistas de diversas organizaciones, regiones, contextos e intereses, una ley que recoge una gran multiplicidad de posturas y toma de ellas lo mejor: la urgente necesidad de que el Estado cumpliera con su obligaci�n de brindar protecci�n integral a periodistas y Defensores de Derechos Humanos, por ser ambos sectores, en el ejercicio del Derecho Humano a la Libertad de Expresi�n, propulsores de los cambios sociales y democr�ticos que vive el Estado de M�xico.
Se trata de una ley abarcadora en la que caben todas y todos,� reporteros y reporteras, camar�grafas y camar�grafos, fot�grafas y fot�grafos e incluso todas aquellas personas que ejerzan una actividad con prop�sitos informativos y de difusi�n a trav�s de las nuevas tecnolog�as de la informaci�n, ya que procuramos dise�ar una de las m�s amplias� y modernas definiciones de �periodista� que se tengan en M�xico plasmadas en un marco legal,�� pues atiende est�ndares y recomendaciones internacionales de organizaciones como el Comit� de Derechos Humanos de la ONU, la Observaci�n General N�mero 34 en materia de Libertad de Expresi�n, tambi�n de la ONU, y de Art�culo 19, as� como las voces de periodistas especializados en Libertad de Expresi�n.
Esta naciente ley,� impulsar� pol�ticas p�blicas de reconocimiento social del periodismo y de su protecci�n, para que sectores que suelen estar implicados en ataques a la prensa, sean capacitados sobre la necesidad e importancia de su labor; mientras que en materia del derecho a la defensa de los Derechos Humanos, representa un enorme avance al visibilizar y dar reconocimiento por primera vez a la labor que desarrollan los activistas y organizaciones no gubernamentales.
El nueva Mecanismo para la protecci�n de periodistas y defensores de Derechos Humanos del Estado de M�xico, contar� con una Junta de Gobierno, un Consejo Consultivo, una Coordinaci�n Ejecutiva y tres unidades auxiliares especializadas, para garantizar su adecuada operaci�n y atenci�n de casos, dejando abierta la posibilidad para que periodistas y defensores recurran al nuevo Mecanismo Estatal o al Federal, estableciendo adem�s una coordinaci�n entre ambos.
La ley establece la obligatoriedad del Estado para adoptar constantemente un discurso de reconocimiento social y de condena a cualquier tipo de agresi�n contra periodistas y defensores; oblig�ndolo adem�s a implementar protocolos especiales para prevenir violencia de g�nero contra mujeres periodistas y defensoras, as� como para capacitar a servidores p�blicos proclives a atacar a los representantes de la prensa y activistas, con programas y actividades espec�ficos.
No solo eso, estamos frente a una ley de gran alcance que incorpora conceptos �clave� en el ejercicio period�stico y que a partir de ahora se reconocen como Derechos de los Periodistas propios a su actividad, estamos hablando del secreto profesional (incluyendo obviamente y por l�gica la protecci�n de sus fuentes informativas); el derecho a la cl�usula de conciencia; el libre acceso a la informaci�n de inter�s y de actos p�blicos; a la capacitaci�n profesional; r�plica y contrarr�plica y a la reparaci�n integral del da�o, de conformidad con la Ley de V�ctimas del Estado de M�xico.
Como complemento a esta ley se tipifican �los delitos contra la libertad de expresi�n� y la sanci�n a quienes incurran en estos il�citos, mientras que atendiendo una gran demanda de diversas organizaciones y periodistas en lo individual se crea la Fiscal�a para la Atenci�n de los Delitos cometidos contra la Libertad de Expresi�n, Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos.
Para la construcci�n de este instrumento, fueron consultadas organizaciones especializadas, pero tambi�n otras instancias como el Mecanismo Federal, la Comisi�n de Derechos Humanos del Estado de M�xico, la Secretar�a de Justicia y Derechos Humanos del gobierno mexiquense,� y la Subsecretar�a de la SEGOB en materia de Derechos Humanos, adem�s de otras organizaciones como Zeferino Ladrillero A.C., para atender la parte del Derecho Humano a Defender los Derechos Humanos y la protecci�n de activistas.
Estamos frente a una ley que deber� enriquecerse, perfeccionarse y ampliarse en el tiempo para cubrir las necesidades y contextos de una sociedad viva y plural, sin embargo este es el principio, los cimientos, las bases no m�nimas sino profundas y amplias para el edificio de la libertad.
Diputada Azucena Cisneros