Que se contemplen �reas p�blicas abiertas 100% libres de humo de tabaco, coincidieron diputados tras analizar en comisiones una propuesta que reforma a la Ley de Prevenci�n del Tabaquismo y de Protecci�n ante la Exposici�n al Humo de Tabaco en el Estado de M�xico.�
Aunque acordaron enriquecer m�s esta iniciativa antes de que sea aprobada, destacaron que ser� prioridad respetar la libertad de las personas fumadoras, las cuales dispondr�n de espacios para ejercer su derecho.�
Modificaciones�
El diputado Gerardo Ulloa P�rez, promotor de la propuesta, indic� que se requieren distintas modificaciones a la Ley de Prevenci�n del Tabaquismo y de Protecci�n ante la Exposici�n al Humo de Tabaco en el Estado de M�xico, pues una de las finalidades es proteger la salud de los no fumadores a vivir y convivir en espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones.�
A la vez de adecuar, armonizar, la Ley de Prevenci�n del Tabaquismo y de Protecci�n ante la exposici�n al humo de tabaco en el estado de M�xico al nuevo est�ndar nacional, cumpliendo con el tercer transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco publicado en la Diario Oficial de la Federaci�n el 17 de febrero del 2022.�
Record� que actualmente en el estado de M�xico est� prohibido el consumo de tabaco, el encender un producto de tabaco o emisiones que producen aparatos electr�nicos, �nicamente en espacios cerrados; sin embargo, es una realidad que en los espacios p�blicos destinados a la convivencia p�blica como son parques, jardines, foros, estadios, auditorios al aire libre, donde se practican actividades culturales, art�sticas y deportivas a donde asisten ni�os, j�venes, adultos y adultos mayores se exponen de manera involuntaria a un ambiente contaminado y viciado que repercute directamente en la salud de los ciudadanos.�
Concurrencia colectiva�
Es por eso que tambi�n se busca incorporar el concepto de �espacio de concurrencia colectiva�, que es todo espacio destinado al acceso p�blico para el desarrollo de actividades deportivas, art�sticas, culturales y de entretenimiento tanto del �mbito p�blico, como privado independientemente si est� cubierto por un techo y confinado por paredes o que la estructura sea permanente o temporal.�
Lo anterior sin dejar de considerar la libertad de las personas fumadoras, las cuales dispondr�n de espacios para ejercer su derecho.�
Eliminar calificativo�
Con lo que se busca eliminar el calificativo �interior� o �cerrado� para extender la protecci�n de los no fumadores, a todo espacio de concurrencia colectiva ya sea cerrado y ahora tambi�n abierto, de igual manera se armoniza la ley con los conceptos de Espacio 100% libre de humo de tabaco y emisiones y se sustituye el concepto de espacio al aire libre por el de concurrencia colectiva.�