Como cada año, a partir de este primero de enero y durante los próximos tres meses, los ciudadanos mexiquenses podrán ser beneficiados por el pago anticipado del impuesto predial, además de que serán acreedores a distintas bonificaciones y compensaciones.
Se dará una bonificación equivalente al 8%, 6% y 4% sobre su importe total, cuando se realice en una sola exhibición, durante los meses de enero, febrero y marzo respectivamente, del Ejercicio Fiscal 2023.
Los contribuyentes de este impuesto, que en los últimos dos años hayan cubierto sus obligaciones fiscales dentro de los plazos establecidos, gozarán de una bonificación del 8% adicional en el mes de enero, 6% en el mes de febrero y 2% en el mes de marzo.
Asimismo, el pago anual anticipado de los Derechos de Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado y Recepción de los Caudales de Aguas Residuales para su Tratamiento, cuando deba hacerse en forma mensual o bimestral, dará lugar a una bonificación equivalente al 8%, 6% y 4% sobre su importe total, cuando se realice en una sola exhibición, durante los meses de enero, febrero y marzo.
Los contribuyentes de estos Derechos, que en los últimos dos años hayan cubierto sus obligaciones fiscales dentro de los plazos establecidos para ese efecto, gozarán de un estímulo adicional por cumplimiento, consistente en una bonificación del 4% en el mes de enero y del 2% en el mes de febrero.
Apoyo a grupos vulnerables
Para el Ejercicio Fiscal 2023, los ayuntamientos otorgarán a favor de personas pensionadas o jubiladas, personas en situación de orfandad menores de 18 años a través de las personas que legalmente los representen de acuerdo con los ordenamientos aplicables y según corresponda, personas en situación de discapacidad, personas adultas mayores, viudas o viudos, madres solteras sin ingresos fijos y aquellas personas físicas, cuya percepción diaria, no rebase tres salarios mínimos generales vigentes, así como a aquellas personas liberadas con motivo de amnistía estatal; una bonificación de hasta el 34% en el pago del
Condonación de impuesto
Los ayuntamientos podrán condonar el pago por los derechos de suministro de agua potable, de manera proporcional, a los contribuyentes que hayan recibido el servicio de agua intermitente o no se haya contado con el mismo.
Adriana Carbajal