El actuar del juez del Poder Judicial del Estado de México (PJEM) que dictó sentencia absolutoria en el caso de un presunto abuso sexual contra una menor de 4 años de edad, Juan Manuel Alejandro Martínez Vitela, será objeto de revisión y escrutinio por parte de la Contraloría y del Consejo de la Judicatura, señaló Ricardo Sodi Cuellar, magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia estatal (TSJEM).
Señaló que si bien, las revisiones se llevan a cabo de forma permanente a todos los jueces del Edomex, por las características del caso, el juez Martínez Vitela será sometido a dicho escrutinio.
Lo anterior luego de que, Victoria Figueiras, madre de la niña, quien en el año 2022 presuntamente habría sido abusada sexualmente, señaló que exigiría sanciones tanto para el personal de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) involucrado en la integración de la carpeta de investigación, como para los jueces relacionados con la sentencia.
Asimismo, tras la difusión del video donde se dicta la sentencia absolutoria hacia el presunto agresor, así como un intercambio de palabras entre el juez y la madre de la menor, el magistrado presidente afirmó:
“El juez fue poco sensible, y se equivocó al entrar en diálogo con la persona, porque en una audiencia una vez emitida la sentencia se le da el uso de la voz a las partes para que soliciten copia de la sentencia o copia de la videograbación, pero el juez indebidamente y con muy poca sensibilidad desde luego, se enfrascó en una conversación con la señora que no venía al caso porque la sentencia ya había sido dictada”.
Apelación
Explicó que una vez emitida la sentencia, la misma no se puede modificar, y que lo que corresponde es solicitar el recurso de apelación. Posteriormente el Tribunal de Apelación, integrado por tres magistrados, revisa la sentencia, la cual puede ser confirmada, modificada o revocada.
Sodi Cuellar consideró como desafortunada la transmisión y difusión del fragmento de la sentencia, el cual se viralizó en redes sociales y medios de comunicación, e instó a la opinión pública a conocerla en su totalidad.
“Los invito a que lean la sentencia, si no conocen la sentencia creo que no pueden opinar. Primero tienen que conocerla, no basar opiniones en un video segmentado y parcial que se publica en YouTube”.
El presidente del PJEM explicó que en el documento se precisa que el juez decretó una insuficiencia probatoria, es decir, que el Agente del Ministerio Público no pudo comprobar la teoría del caso y la acusación que planteó, es decir, no aportó pruebas adecuadas.
Revisión
Finalmente, Ricardo Sodi puntualizó que la sentencia será revisada para determinar si el juez dictó la sentencia con perspectiva de tutela de infancia, con perspectiva de género, y sí valoró adecuadamente las pruebas.
Frase
“Es falso que la niña tiene que decir las circunstancias de tiempo, modo y lugar. No es cierto. Que quede claro. Es el Agente del Ministerio Público el que lo tiene que determinar, nadie más” Ricardo Sodi Cuellar, magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia estatal (TSJEM).
Karina Villanueva