A un a�o de registrarse el primer caso de contagio por COVID-19 en M�xico, nos preparamos para poco a poco retomar las actividades de forma habitual bajo ciertos cuidados y precauciones de la denominada �nueva normalidad�.
He mencionado ya en varias ocasiones que, desafortunadamente esta pandemia dej� una crisis de salud p�blica con miles de muertos y enfermos; as� como tambi�n, una de las crisis econ�micas mas terribles de las ultimas d�cadas.
Aunado a estas crisis, el cierre y suspensi�n de las llamadas actividades no esenciales nos enfila hacia otra crisis tambi�n grave, la del acceso a la justicia.
De inmediato se tuvo conocimiento de los primeros contagios en nuestro pa�s, se tomaron diversas medidas de contenci�n por parte de las autoridades sanitarias, estas medidas tuvieron un denominador com�n, el cierre y suspensi�n total de actividades que no fueran consideradas como esenciales, de entre las cuales se encontraban el trabajo en oficinas tanto p�blicas y privadas.
De esta manera se vieron suspendidas actividades gubernamentales como son los juzgados, tribunales, tanto de los estados como a nivel federal. Hasta la Suprema Corte de Justicia tuvo que paralizar sus funciones en raz�n de la emergencia sanitaria que enfrent�bamos en todo el mundo.
As� la justicia en nuestro pa�s se vio pr�cticamente interrumpida y suspendida por este cierre y solo ciertos casos muy excepcionales eran atendidos.
Hablar del funcionamiento de juzgados y tribunales no es solo hacer menci�n de tr�mites burocr�ticos por parte de jueces, secretarios o actuarios. En realidad, es hacer referencia a una de las funciones m�s importantes de un Estado, el brindar la oportunidad a los ciudadanos de acceder a la justicia.
El acceso a la justicia debe entenderse no solo como la factibilidad de presentar un escrito o petici�n, sino que comprende hasta la posibilidad de ser escuchado de manera directa por un juez, y que se decida el problema de la forma m�s justa, y claro que esto sea en un tiempo breve. �La raz�n? Est�n en juego las propiedades, los hijos, el pago de una pensi�n, un posible desalojo y en los casos penales, la libertad de las personas.
Bueno pues con el cierre y suspensi�n de los juzgados, tribunales y dem�s �rganos jurisdiccionales en todo el pa�s, se vieron frenados juicios y procesos judiciales y la poblaci�n estuvo impedida de presentar una demanda o continuar un juicio, mucha gente presa no pudo continuar sus respectivos procesos y la posibilidad de salir de prisi�n de ha alargado de forma inevitable e incierta.
Ante esta emergencia y cierre de actividades, muchos estados y el propio Consejo de la Judicatura Federal han trato de implementar la llamada �justicia en l�nea� que no es otra cosa que el mecanismo por el cual pueden presentarse escritos, y llevar a cabo audiencias a trav�s de las tecnolog�as digitales. Sin embargo, la realidad es que su operaci�n no ha sido sencilla y solo atiende a un poco porcentaje de las necesidades de los justiciables pues para poder operarlas se requiere precisamente de tecnolog�a como lo es una computadora e internet, as� como una firma electr�nica, que tristemente solo tienen acceso un n�mero reducido de personas.
La justicia como toda necesidad humana tiene que atenderse por el medio m�s accesible y eficaz. Con o sin pandemia acceder a un juez y una decisi�n justa de los problemas sigue siendo un reclamo de muchos.
Esta nueva realidad nos muestra que la justicia en gran medida monopolizada por las practicas formalistas escritas y por ende las actas y testimonios en papel sigue siendo la caracter�stica de nuestro sistema de impartici�n de justicia.
Dejando de lado las extenuantes formalidades que nuestro aparato de justicia exige, el cumulo de copias que una persona debe presentar a sus demandas, los oficios y cedulas que a diario deben expedirse, el mayor reto de la justicia en nuestro pa�s es facilitar el acceso a ser atendido por un juez y recibir una respuesta lo antes posible.
Las tecnolog�as de la informaci�n y comunicaci�n se perfilan como una de las soluciones pr�cticas a este problema. De tal forma que el dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos de la C�mara de Senadores, aprob� en d�as pasados dos iniciativas con proyecto de decreto para reformar el art�culo 17 de nuestra Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos con la finalidad de transitar a un uso intensivo de estas tecnolog�as para asegurar el acceso a la justicia para los mexicanos.
Son claros los beneficios que las tecnolog�as aportaran a nuestro sistema de justicia, adem�s debe garantizarse un elemento esencial del acceso a la justicia, la posibilidad que de manera directa ante el juez que ha de resolver nuestro problema, podamos alegar y ser escuchados, este elemento permitir� no solo acceder a un sistema judicial sino que este sea sensible y humano.
Dr. Octavio Mart�nez Camacho
Abogado Penalista Socio del Despacho HMSC.