El d�a de ayer se public� en el Diario Oficial de la Federaci�n, la declaratoria de procedencia en contra del Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas, Francisco Javier Cabeza de Vaca.
Declaratoria que firm� la presidenta y el secretario, ambos de la mesa directiva de la C�mara de Diputados.
En esta declaratoria se puede apreciar que, en sus puntos resolutivos, la C�mara de Diputados del Congreso de la Uni�n, en primer lugar, determinar �ha lugar� a proceder en contra del Gobernador Constitucional de Tamaulipas; en segundo lugar, ordena comunicar dicha resoluci�n al Congreso de ese Estado para que se de cumplimiento a lo que dispone el art�culo 111 de la Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos.
Esta publicaci�n oficial pareciera que, ser�a el punto final a este procedimiento de �desafuero� contra el Gobernador Cabeza de Vaca, que durante varias semanas ha acaparado la atenci�n de la sociedad.
Sin embargo, no es as�. Esto pues dada la importancia que este tema reviste, las acusaciones que pesan por delincuencia organizada, lavado de dinero y delitos fiscales contra el actual mandatario tamaulipeco, as� como por el contexto pol�tico nacional, han generado inquietud. Esto sustancialmente porque una vez que se notific� del dictamen al Congreso de Tamaulipas, algunos de sus miembros de pronunciaron en el sentido de que a�n subsiste un �fuero local� que a decir de ellos otorga la Constituci�n de aquel Estado y por tal raz�n, no puede procederse penalmente en contra de Cabeza de Vaca, escenario que har�a necesario la intervenci�n de la Suprema Corte de Justicia de la Naci�n v�a controversia constitucional.
Este caso, encierra una problem�tica jur�dica bastante peculiar, pero claro esta que, adem�s, se ve envuelto en un panorama pol�tico particular. Un gobernador de la llamada Alianza Federalista, que es integrada por gobernadores de oposici�n al ejecutivo federal. A un mes de las elecciones m�s grandes de la historia de nuestro pa�s, y en un clima de mucha incertidumbre �pol�tica�, este desafuero aumenta la tensi�n evidentemente.
�Puede haber dos �fueros� que protejan a un mismo funcionario?
Me parece que este es el tema que hoy debe despejarse, y sobre todo alejado del contexto pol�tico y electoral, y solo atender lo que el esp�ritu de nuestra constituci�n se�ala para estos casos.
Para entender este tema, de inicio hay que decir que bueno, nuestra Constituci�n Pol�tica contiene diversos mecanismos para cuidar o proteger sus principios. Uno de los m�s importantes sin duda es el principio democr�tico y el principio liberal y republicano, de los cuales pueden desprenderse aspectos como la divisi�n de funciones, la independencia judicial o la autonom�a, que entre otros fines persigue que ciertos funcionarios no sean objeto de ataques mal intencionados, de injerencias de otros poderes o hasta del asedio del poder.
Por esta raz�n, se configur� un sistema de protecci�n constitucional llamado �fuero constitucional� previsto bajo un procedimiento de naturaleza constitucional denominado �declaraci�n de procedencia�. Que requiere que, para poder proceder por delitos federales contra alg�n ejecutivo local -gobernadores- necesariamente debe primero, la C�mara de Diputados declarar o no, por una mayor�a absoluta de sus miembros si ha lugar a proceder contra el inculpado.
Es importante se�alar que, en esta parte nuestra Constituci�n Federal establece que, en estos casos, la declaraci�n de procedencia ser� para el efecto de que se comunique a las legislaturas locales, para que en ejercicio de sus atribuciones procedan como corresponda.
Aqu� es donde seg�n los legisladores de Tamaulipas se abre paso el �fuero local�. Es decir, que para ellos subsiste para Cabeza de Vaca el fuero que la Constituci�n de ese Estado le concede.
La Constituci�n Pol�tica de Tamaulipas reconoce una protecci�n constitucional al gobernador, pero respetando la protecci�n que la Constituci�n Federal le otorga. Es decir, se encuentra en funci�n de las responsabilidades en el tiempo de su encargo, dentro de las que se encuentran la comisi�n de un delito, y aqu� es donde la soberan�a federal �expresamente� recoge y por tanto estrictamente es solo de su competencia. Por tal raz�n, Cabeza de Vaca ha perdido esa protecci�n constitucional que solo le era resguardada por la Constituci�n General de la Rep�blica, no as� por la Constituci�n local.
Dr. Octavio Mart�nez Camacho
Abogado Penalista Socio del Despacho HMSC.