El artículo 159 del Código Penal que penalizaba como delito el riesgo de contagio, fue derogado.
El Gobierno de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial el decreto por el que se modifican diversos artículos del Código Penal, entre ellos el 159.
Ante esto, el jefe de Gobierno, Martí Batres, celebró la derogación y dijo que con esto se erradica el delito de peligro de contagio.
Señaló que significa “una buena noticia” en la lucha contra la discriminación a las personas que viven con VIH y otras enfermedades, así como para la libertad y la salud.
“Hasta el día de ayer, el artículo 159 del Código Penal de nuestra entidad federativa castigaba el riesgo de que una persona pudiera contagiar a otra, fuera a través de relaciones sexuales o de otro modo, de alguna enfermedad; este delito se llamaba peligro de contagio y era una herencia de otros tiempos”, expresó.
Este delito, comentó, no ayudó a detener el contagio; sin embargo, sí señalaba y discriminaba a las personas ya contagiadas.
“En un Código Penal sólo deben estar las confites criminales, por eso salió de las comunidades, de los colectivos, de las personas que viven con VIH, la exigencia de derogar este ominoso artículo”, enfatizó.
Y es que durante la época del Covid-19, este artículo se aplicó para denunciar a personas contagiadas de este virus.
JAVIER RUIZ