La breve precampaña presidencial “Fosfo fosfo”
En medio de la batalla electoral por la presidencia de la República, y en pleno periodo de precampañas, la atención mediática del fin de semana estuvo centrada en Nuevo León. El precandidato de Movimiento Ciudadano, Samuel García, anunciaba su regreso temporal -que término siendo definitivo- como gobernador del Estado.
Comprender lo que sucedió exige un análisis de diferentes aspectos. El primero, Samuel García fue electo gobernador de Nuevo León sin contar con mayoría en el Congreso estatal; de hecho, es el PRI quien cuenta con el mayor número de diputados y diputadas locales, seguido por el PAN. La voluntad ciudadana originó un gobierno de diferencias, al cual se le exigen consensos.
Segundo, la Constitución Política de Nuevo León establece -con claridad- en su artículo 89 que en caso de licencias otorgadas al Gobernador cuya temporalidad sea superior a 30 días, será facultad del Legislativo local nombrar al ciudadano o ciudadana que se encargue interinamente del Poder Ejecutivo. No existe obligación de que dicha persona suscriba o comparta plataforma electoral alguna.
Tercero, si bien las acusaciones mediáticas de que Samuel García estaba incumpliendo su promesa de campaña de no abandonar el cargo de gobernador para buscar alguna otra encomienda eran políticamente válidas, no contaban con ningún sustento jurídico para hacerlas valer como argumento legal en contra de su pretensión política.
Cuarto, la breve pero encendida precampaña naranja o “fosfo fosfo” levantó el ánimo de propios y las alarmas de extraños. Fieles a su estilo, el entonces precandidato Samuel García y su esposa, la influencer Mariana Rodríguez, lograron posicionarse en el ámbito digital y generar -al menos la percepción- de que su propuesta electoral iba en ascenso.
Finalmente, fueron los propios actores políticos (precandidato y Congreso local) los que -ante sus diferencias- involucraron al poder judicial en el conflicto. Desde ambas trincheras se iniciaron recursos jurídicos encaminados a sostener su razón.
La contienda electoral por la presidencia de la República resulto completamente mezclada con una política local de desencuentros. Las instituciones judiciales e incluso las electorales intentaron, sin éxito, otorgar certezas mediante resoluciones y acuerdos cuya vaguedad emporo el problema. El asunto se litigó en los medios y en las redes sociales hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral intervinieron para exponer el mínimo de razones jurídicas que permitieran resolver el desencuentro.
El caso se complicó más de la cuenta, no por falta de un marco normativo claro, sino por un exceso de interpretaciones mediáticas y políticas. Desde luego, que el gobernador podía participar como candidato en el proceso electoral 2024; hacerlo implicaba abandonar -al menos temporalmente- su encomienda en Nuevo León, no era su facultad establecer quien sería su sucesor o sucesora.
Lo sucedido en Nuevo León debería de alertar a las instituciones, sobre todo a las electorales y de procuración de justicia, para repensar su función en este tipo de conflictos: resolver los problemas implica determinar con firmeza lo que la norma dispone, el exceso de interpretación o el abuso en la vaguedad de sus resoluciones sólo conduce a un estado de caos que no es deseable, sobre todo en aspectos político-electorales.
Por: Fernando Roberto Zúñiga Tapia
Twitter: @ZuFerTapia