A los tres partidos se les reclama el incumplimiento en la respuesta a solicitudes de informaci�n v�a transparencia.�
Adriana Carbajal
En sesi�n el pleno del Tribunal Electoral�del Estado de M�xico (TEEM) resolvi� procedimientos sancionadores ordinarios, donde se dio a conocer el cumplimiento del Instituto de Transparencia y Acceso a la Informaci�n P�blica (INFOEM) al Instituto Electoral del Estado de M�xico (IEEM) sobre el incumplimiento�de obligaciones de transparencia de los partidos pol�ticos del Trabajo, �PRD y PAN, respectivamente, por lo que acord� amonestaci�n p�blica.
Es as� que en sesi�n, se resolvieron 13 medios�de impugnaci�n; de ellos, 10 fueron Juicios para la Protecci�n de los Derechos Pol�tico-Electorales del Ciudadano Local y 3 Procedimientos Sancionadores Ordinarios.
Sobre el resuelto en materia de transparencia, se indica que previa investigaci�n por parte del IEEM, en las respectivas resoluciones, el pleno del Tribunal tuvo por acreditado el incumplimiento de la obligaci�n denunciada ante la negativa de cumplir una solicitud de informaci�n de ciudadanos, por lo que impuso a cada partido pol�tico una amonestaci�n p�blica.
Nulidad en elecci�n de delegados
Asimismo, los magistrados declararon la nulidad de la elecci�n de Delegados Municipales y Consejos de Participaci�n Ciudadana de la comunidad de San�Sebasti�n, en el municipio de Chalco, Estado de M�xico, debido a que los l�mites territoriales de dicha delegaci�n, no se encuentran definidos, permiti�ndose votar a ciudadanos y ciudadanas que no pertenecen a la misma.
Es as� que al no existir certeza�sobre los resultados de la votaci�n, se orden� que previo a emitir una nueva convocatoria para elegir a autoridades auxiliares, delimite territorialmente la delegaci�n referida.
De la misma forma, los magistrados confirmaron la convocatoria para la elecci�n de representante ind�gena ante el ayuntamiento de San Mateo Atenco, Estado�de M�xico, debido a que la misma se consider� que esta emitida conforme a derecho.
Representantes ind�genas
Tambi�n se atendi� impugnaci�n, en la que ciudadanas�y ciudadanos mazahuas de Almoloya de Ju�rez, impugnaron a la persona que el ayuntamiento reconoci� como representante ind�gena mazahua ante la autoridad municipal; pues a su decir, el ayuntamiento particip� activamente en la elecci�n de dicho representante,�violentando con ello los usos y costumbres de la comunidad mazahua.
Este agravio, se consider� fundado y suficiente�para revocar la elecci�n en las 17 asambleas celebradas el dos de junio, para el efecto de que se realice una nueva elecci�n a trav�s de usos y costumbres del grupo ind�gena mencionado.