El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dará una prorroga para que los contribuyentes que están bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) regularicen su situación fiscal y cuenten con las herramientas requeridas, así lo informó la María de Lourdes Iglesias Chávez, administradora desconcentrada de Servicios al Contribuyente de México 1.
En entrevista explicó que este régimen entró en vigor el 1 de enero de 2022, y que facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales mediante la reducción de la tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR), dijo que quienes pueden tributar bajo este régimen son personas morales y físicas con ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos.
En el entendido de que dichos contribuyentes realicen actividades empresariales y profesionales, como la actividad restaurantera, que tengan tiendas de abarrotes, ferreterías, o quienes ofrecen un servicio profesional como abogados, contadores o médicos.
“También aquellos que hagan la renta de algún bien inmueble, departamentos, casas o locales comerciales, o los que se dediquen a la actividad agrícola, ganadera, silvícola y pesquera, mejor conocidos como los AGAPES”.
Iglesias Chávez precisó que entre los beneficios de pertenecer al RESICO está contar con tasas mínimas de ISR que van del 1 al 2.5 por ciento, que ayuda a hacer un cálculo automático de impuestos y simplifica la precarga de información.
“Todo lo que el contribuyente facture se va registrando para facilitar la presentación de las declaraciones. El pago del ISR se hace de una forma sencilla, rápida y eficaz, quienes forman parte del AGAPE tienen el beneficio de la exención del pago ISR si sus ingresos son de hasta 900 mil pesos anualmente facturados y efectivamente cobrados”.
Invitó a quienes ya están inscritos en este régimen a que regularicen la situación fiscal de sus contribuciones para que no pierdan los beneficios con los que cuentan, y para quienes aún no lo hacen tomen en cuenta la ampliación del plazo para cumplir con sus obligaciones fiscales, es decir, contar con buzón tributario habilitado, medios de contacto actualizados y contar con su e.firma.
En caso de que para el 2 de octubre no hayan hecho los trámites antes señalados, el SAT asignará al contribuyente en el régimen fiscal que corresponda según su actividad, perdiendo así los beneficios del RESICO, y no podrán volver a tramitar en este.
Si necesitan ayuda para la regularización de su situación fiscal pueden acudir a las oficinas del SAT para que sean apoyados en la sala de internet de la dependencia, en un horario de lunes a jueves de 9 de la mañana a 4 de la tarde, y viernes de 8:30 de la mañana a 3 de la tarde. El único trámite presencial que los contribuyentes deben hacer es el de la e.firma, los demás pueden hacerse de manera virtual.
Karina Villanueva