El art�culo 4�, p�rrafo 1, de la Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos prev� que el var�n y la mujer son iguales ante la ley. As�, una de las manifestaciones concretas de nuestra democracia, son la igualdad formal y material entre hombres y mujeres, cuya finalidad aspira a erradicar la desigualdad hist�rica que �stas �ltimas han padecido, mediante la creaci�n de leyes, acciones afirmativas e incluso decisiones judiciales con perspectivas de igualdad de g�nero que fomentan y hacen efectivo el ejercicio de los derechos humanos que el sector femenino tiene a su favor.
Bajo este contexto, sin duda alguna, M�xico se encuentra inmerso en un �antes� y un �despu�s� en la lucha por la igualdad de g�nero en los �mbitos pol�tico y electoral, pues las reformas aprobadas a nivel nacional y su armonizaci�n a nivel local, en materia de paridad de g�nero y violencia pol�tica contra las mujeres, representan en s� mismas un parteaguas en el pa�s.
Lo anterior es sumamente importante si tomamos en cuenta que las elecciones de este a�o, en t�rminos de los cargos que se elegir�n, son las m�s grandes en la historia del pa�s. En efecto, por primera vez concurren 32 elecciones locales con la renovaci�n total de las 500 diputaciones de la C�mara de Diputados. De igual modo, en este a�o habr� 15 gubernaturas en disputa, se renovar�n 30 Congresos locales que representan 1,063 diputaciones y 1,926 presidencias municipales en 30 entidades federativas. Lo anterior equivale a la elecci�n de 21,368 cargos de elecci�n popular por la v�a democr�tica.
Por ello, es necesario continuar reivindicando los derechos de las mujeres en el pa�s y consolidar una democracia incluyente y paritaria, a trav�s de la plena y eficaz participaci�n pol�tica de las mujeres dentro y fuera de los procesos electorales. Situaci�n que implica no s�lo que las mujeres puedan participar activamente en condiciones de equidad y paridad frente a los varones dentro de los comicios, sino tambi�n, libres de violencia pol�tica y que una vez obtenido el triunfo electoral en las urnas puedan asumir y sobre todo, ejercer libremente el cargo p�blico que la soberan�a popular les haya otorgado, sin trabas, obst�culos, descalificaciones o limitaciones basadas en elementos de g�nero o estereotipos antidemocr�ticos por la sola condici�n de ser mujer y que impliquen menoscabar su imagen p�blica o limitar en cualquier forma y en cualquier grado, sus derechos pol�ticos y electorales.
Al respecto, cabe recordar que el padr�n electoral del pa�s, con corte al 26 de febrero de este a�o, se encuentra integrado por un 52% de mujeres y con un 48% de hombres; es decir, M�xico cuenta con un padr�n electoral mayoritariamente femenino.
Por ello, el Instituto Electoral del Estado de M�xico ser� garante de la paridad de g�nero en el registro de candidaturas en el marco del presente proceso electoral que se desarrolla en la entidad mexiquense para renovar a la Legislatura del Estado, as� como para la renovaci�n de los 125 ayuntamientos que conforman el territorio mexiquense. Asimismo, estar� atento y le dar� el tr�mite correspondiente a las quejas y denuncias presentadas por posibles actos constitutivos de violencia pol�tica contra las mujeres en raz�n de g�nero negando, inclusive, el registro como candidata o candidato, si la persona se encuentra condenada por sentencia ejecutoriada por el delito de violencia pol�tica contra las mujeres.
Consejera electoral, Sandra L�pez Bringas