El pasado primero de enero se integraron 124 de los 125 ayuntamientos de que se compone nuestro Estado de M�xico; salvo el Ayuntamiento de Atlautla que ser� motivo de una elecci�n extraordinaria.
Es la primera vez que se aplica la reforma del 29 de septiembre de 2020, a trav�s de la cual se redujeron el n�mero de regidur�as y, en su caso, de sindicaturas en cada uno de los municipios. As�, la conformaci�n de los cabildos municipales se modific� seg�n se aprecia en la siguiente tabla:
Antes de la reforma 2020 | Enero 2022 | ||
Ayuntamientos con menos de 150,000 hab. | 1 presidencia
1 sindicatura 6 regidur�as de MR 4 regidur�as de RP |
Ayuntamientos con menos de 150,000 hab. | 1 presidencia
1 sindicatura 4 regidur�as de MR 3 regidur�as de RP |
Ayuntamientos con m�s de 150,000 a 500,000 hab. | 1 presidencia
1 sindicatura 7 regidur�as de MR 6 regidur�as de RP |
Ayuntamientos con m�s de 150,000 a 500,000 hab. | 1 presidencia
1 sindicatura 5 regidur�as de MR 4 regidur�as de RP |
Ayuntamientos con m�s de 500,000 a 1,000,000 de hab. | 1 presidencia
2 sindicaturas 9 regidur�as de MR 1 sindicatura de RP 7 regidur�as de RP |
Ayuntamientos con m�s de 500,000 hab. | 1 presidencia
1 sindicatura 7 regidur�as de MR 1 sindicatura de RP 5 regidur�as de RP |
Ayuntamientos con m�s de 1,000,000 de hab. | 1 presidencia
2 sindicaturas 11 regidores de MR 1 sindicatura de RP 8 regidur�as de RP |
Si bien, la g�nesis de la reforma legal se centr� principalmente en el n�mero de integrantes de cada uno de los cabildos y que el principal argumento fue el tema presupuestal, relacionado con las dietas que �stos percib�an; no debe pasar desapercibido que la misma reforma redujo considerablemente las atribuciones que ten�an las y los regidores, principalmente de hacerse cargo de las comisiones del ayuntamiento.
En efecto, de acuerdo con la ley org�nica municipal vigente, se derogaron 27 de las 30 comisiones permanentes municipales. Por lo que, con esta calidad, s�lo quedaron las de gobernaci�n, de planeaci�n para el desarrollo, ambas a cargo del titular de la presidencia municipal; as� como la comisi�n de hacienda que preside la o el primer s�ndico.
Por lo que, si bien una atribuci�n de quien ejerce la titularidad de una regidur�a es la de participar responsablemente en las comisiones conferidas por el ayuntamiento o las que le asigne la o el presidente municipal; �stas ser�n las transitorias que a trav�s de acuerdo apruebe cada cabildo.
Estos ayuntamientos enfrentar�n grandes retos que van desde el tema econ�mico, de seguridad p�blica, de seguridad social, los generados por la pandemia, ente otros. Por lo que esta nueva conformaci�n debe ser colaborativa y comprometida con el bienestar social, por el bien de sus habitantes que esperan de su gobierno municipal la satisfacci�n de los servicios p�blicos m�s apremiantes y b�sicos.
Consejera Electoral, Paula Melgarejo Salgado