El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci�n (TEPJF), llev� a cabo hoy, en reuni�n privada, el sorteo para turnar -por el m�todo aleatorio de insaculaci�n- la impugnaci�n de las gubernaturas de Nuevo Le�n, San Luis Potos�, Chihuahua y Quer�taro.
En el sal�n de plenos, el secretario General de Acuerdos, Luis Rodrigo S�nchez Gracia, llev� a cabo el sorteo, conforme al acuerdo general 1/2021 aprobado por unanimidad el pasado 14 de julio por el que se emitieron los lineamientos aplicables para el turno de los medios de impugnaci�n relacionados con el resultado final y la validez de las elecciones de gubernaturas de los procesos electorales 2020-2021.
La impugnaci�n relativa a la gubernatura de Quer�taro se asign� al magistrado presidente Felipe Fuentes Barrera; la relativa a la gubernatura de Chihuahua se asign� a la magistrada M�nica Aral� Soto Fregoso, mientras que la relacionada con San Luis Potos� correspondi� al magistrado Felipe de la Mata Piza�a. El estado de Nuevo Le�n toc� al magistrado Jos� Luis Vargas Valdez.
Acudieron presencialmente el magistrado presidente Felipe Fuentes Barrera, as� como el magistrado Jos� Luis Vargas Valdez. En el caso de los magistrados Felipe de la Mata Piza�a e Indalfer Infante Gonzales, asistieron sus representantes, y v�a remota estuvieron presentes las magistradas Janine Ot�lora Malassis y M�nica Aral� Soto Fregoso.
El magistrado Reyes Rodr�guez Mondrag�n no particip� en este proceso de insaculaci�n, ya que en el primer sorteo -el 27 de julio- le fue asignada la gubernatura de Guerrero.
El mecanismo basado en el acuerdo 1/2021 sustituye, para el caso de las gubernaturas, al m�todo de asignaci�n alfab�tico que se usaba tradicionalmente, con lo que se logra una distribuci�n transparente y una mayor imparcialidad.
De acuerdo con lo aprobado, todas las demandas posteriores relacionadas con la misma elecci�n se enviar�n a la magistratura que recibi� la asignaci�n de la gubernatura, incluidas aquellas relacionadas con procedimientos de fiscalizaci�n, cuestiones incidentales, as� como cualquier otro asunto que pudiera incidir de manera directa en la nulidad de la elecci�n, y se vincular�n para efecto del turno correspondiente.