La bancada de Morena plante� reformar la Ley de Prevenci�n del Tabaquismo y de Protecci�n ante la Exposici�n al Humo de Tabaco en el Estado de M�xico, a fin de que se establezcan �reas p�blicas abiertas para homologar la norma federal que protege a los no fumadores y garantiza vivir en espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones.�
En la propuesta dieron a conocer que la exposici�n al humo de tabaco y al vapor que se utiliza como sustituto, son elementos que da�an la salud, de manera directa de los fumadores y de manera indirecta, de los no fumadores o fumadores pasivos. Los primeros lo hacen de manera libre y voluntaria; los segundos lo inhalan y padecen de manera involuntaria.��
Actualmente la Ley de Prevenci�n al Tabaquismo y de Protecci�n ante la exposici�n al humo del tabaco en el Estado de M�xico, se protege la salud de la poblaci�n contra la exposici�n al humo del tabaco y emisiones de sistemas electr�nicos de administraci�n de nicotina y sistemas similares, pero esa protecci�n se limita �nicamente a espacios cerrados.�
Propuesta�
Por ello, la iniciativa propone eliminar el calificativo de �interior� o �cerrado� en las �reas o lugares considerados como espacios 100% libres de tabaco y emisiones, de igual manera, se propone integrar el concepto de espacio de concurrencia colectiva, definido como espacio destinado al acceso p�blico para el desarrollo de actividades deportivas, art�sticas, culturales y de entretenimiento, tanto del �mbito p�blico como privado.�
Tambi�n se prev� el derecho de las personas fumadoras, al contemplar establecimiento de espacios al aire libre destinados a esta actividad, con la intenci�n de armonizar la legislaci�n estatal en materia de protecci�n contra la exposici�n de humo de tabaco, y de emisiones de los sistemas electr�nicos de administraci�n de nicotina, sistemas similares sin nicotina, y sistemas alternativos de consumo de nicotina y adecuarla al nuevo est�ndar nacional�
Adecuarse�
Adem�s, se instruy� a los gobiernos de las Entidades Federativas y de los municipios, adecuar sus leyes, reglamentos, bandos y dem�s disposiciones jur�dicas, en congruencia con la nueva normatividad y, en procuraci�n de la promoci�n, respeto, protecci�n y garant�a de la salud p�blica, as� como del establecimiento de condiciones para un ambiente sano para el desarrollo y bienestar de las personas.�
En el proyecto de decreto se especifica que se considerar�n como espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones los siguientes: Todo espacio de acceso al p�blico, ya sean de car�cter p�blico o privado; Hospitales, cl�nicas, centros de salud, consultorios, centros de atenci�n m�dica p�blicos, sociales o privados, salas de espera, auditorios, bibliotecas, escuelas y cualquier otro lugar de las instituciones m�dicas y de ense�anza; cines, teatros, auditorios, estadios, y todos los espacios en donde se presenten espect�culos de acceso p�blico.�
Reforma�
El 17 de febrero de 2022, se public� en el Diario Oficial de la Federaci�n, reformas a Ley General para el Control del Tabaco, en la que se adicion�, como una de sus finalidades la de proteger los derechos de los no fumadores a vivir y convivir en espacios cien por ciento libres de humo de tabaco y emisiones.�