Que sistemas de captación de agua sean obligatorios en Edomex
El 28 de julio de 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la resolución 64/292 que reconoce “el derecho al agua y al saneamiento, reafirmando que el agua potable limpia y el saneamiento son esenciales para la realización de todos los derechos humanos “.
Y el 8 de febrero de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma al artículo 4 constitucional, a través de la cual se elevó a rango constitucional el derecho humano al agua.
Sin embargo, la disponibilidad del agua es un problema actual y complejo, la creciente población global y su cada vez mayor capacidad económica, ha conducido inevitablemente a una mayor presión sobre las fuentes de abasto de agua.
De acuerdo con datos del Banco Mundial, en México el promedio de agua por persona ha pasado de 10 mil metros cúbicos en 1960, a 3.2 mil metros cúbicos en 2020, como consecuencia del deterioro de los cuerpos de agua y se estima que para 2030 la disponibilidad en México descienda por debajo de los 3 mil metros cúbicos por habitante al año.
Actualmente el Estado de México, ya experimenta los efectos negativos de la escasez del agua, la región Aguas del Valle de México tiene la menor disponibilidad anual media de agua por habitante en el país, con solo 144 metros cúbicos por habitante al año, mientras que la región Frontera Sur tendría una dotación 130 veces mayor, esto es, de unos 18 mil 776 metros cúbicos, lo que representa un estrés hídrico severo que se agrava cada vez más con el crecimiento y expansión de la zona metropolitana.
La baja disponibilidad de agua ha ocasionado un incremento en los servicios de tandeo, principalmente en la zona conurbada del estado, y un acceso insuficiente e inequitativo del suministro de agua, que afecta a las zonas más marginadas.
La Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos en los Hogares 2018 (ENIGH), señala que sólo el 46% de la población del estado tiene agua diariamente en su domicilio, es decir, que miles de personas, no pueden acceder al agua para su uso personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.
Garantizar que todas las personas accedan al agua de manera suficiente para satisfacer sus necesidades diarias de consumo personal y doméstico, requiere que desde la Constitución se establezca la obligación de las autoridades a aplicar los recursos administrativos y financieros disponibles para garantizar a toda la población un acceso continuo del agua.
Por las razones anteriores, es necesario que aprovechemos mejor el agua, que generemos un ajuste paulatino en su gestión, que redoblemos esfuerzos para concientizar a la ciudadanía sobre el ahorro y consumo del agua, e implementar sistemas de captación de agua de lluvia, como fuente alternativa de abastecimiento para el consumo humano y agrícola, contribuyendo con ello a mejorar y cuidar los recursos naturales existentes.
Por lo anterior, presenté en el pleno de la Legislatura, una iniciativa que plantea la obligación constitucional de las autoridades de implementar acciones y estrategias que garanticen progresivamente el manejo sustentable y la distribución constante y equitativa del agua, además de generar medidas para la conservación de reservas hídricas, la recarga de acuíferos, el abastecimiento de agua potable y en consecuencia un mejor nivel de vida para los mexiquenses.
Diputada Azucena Cisneros Coss
Presidenta de la Mesa Directiva de la Legislatura del Estado de México